Deconformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia y el artículo 212.1 y 213 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la actualización Plan básico Ladisposición derogatoria única deroga expresamente el Decreto 28/1999, de 21 de enero , por el que se aprueba el Reglamento de disciplina urbanística aprobado en desarrollo de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y el Decreto 119/1998, de 16 de abril, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Modificacióndel anexo de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia. 1. Se modifican los epígrafes 3.2, 9.1.b) 1º y 2º del anexo de la Ley 9/2013, de

Otítulo IV desenvolve a regulación da execución do planeamento urbanístico, partindo das determinacións e contido da Lei do solo de Galicia, pero coa vontade de

DiarioOficial de Galicia; DECRETO 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Texto Original (DOGA) Citas 756 Citado por Análisis 107 Relacionados. Delimitaciones del suelo de núcleo rural - arts. 189 a 191;

conel Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de octubre de 2014, DISPONGO: Artículo único. Aprobación del Reglamento General de Costas. Se aprueba el Reglamento General de Costas cuyo texto figura a continuación. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Página 4

Ley2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia .. 49 § 5. Ley 3/2016, de 1 de marzo, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés
RDU Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por RD 2187/1978 de 23 de junio LSG: Ley 1/1997 de 24 de marzo del suelo de Galicia. RDUG: Decreto 28/1999 de 21 de enero por el que se aprueba el Reglamento de disciplina urbanística para el desa­ rrollo y aplicación de la Ley del suelo de Galicia. Estasubdivisión del suelo urbanizable en programado y no programado fue, sin embargo, suprimida por el Real Decreto Ley 5/1996, de 7 de junio, así como en la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen de Suelo y Valoraciones, en un afán de ampliar la oferta potencial del suelo y de favorecer por esta vía la disminución de su precio. TFNOv.
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