Cuandoel contrato es temporal y su duración es inferior a un año: en estos casos, la ley permite que el tipo de retención mínimo que se puede aplicar sea de solo un 2%, ya que la empresa no puede disponer de los datos fiscales del trabajador y, consecuentemente, estimar correctamente el porcentaje del IRPF que debería retener
Igualmente dicho convenio no permite la compensación y absorción de los complementos especiales del art. 31, plus de idiomas, de librería, de escaparatista, etc. Y en cuanto a la cuantía de la compensación y absorción, la limita a un máximo del 70% del incremento salarial derivado del convenio. Por tanto, no te puede descontar “toda
70J8nmd.